LAS CASAS CATUREGLI
Por: Adolfo Garcia Robles
Hermosillo aún conserva casas que dan testimonio de un pasado con personalidad propia. Las nuevas generaciones no entendemos el porqué de una arquitectura tan extraña y disímbola, a la que la industrialización y las influencias del norte y del sur nos tiene acostumbrados.
Vidrio, concreto y aluminio invaden y rodean pequeñas islas que sólo por la magnificencia de su construcción, han logrado sobrevivir ante la implacable piqueta del progreso, muchas veces indiferente y despiadado en su orgullosa insensibilidad estética o ciego a los valores culturales del pasado.
La casa de Obregón 132 y su vecino del número 134, han quedado como muestra de tiempo pretérito, aisladas, y por lo tanto extrañas al contexto que ahora las rodea. Difícilmente puede uno ahora imaginarse cómo lucirían en los años de su reciente construcción; seguramente había construcciones de su mismo material y de menos ostentación, casas de un solo piso y de adobe con enjarre liso, las que por su misma condición modesta, fueron fácil presa de la demolición.
La historia de la casa que nos ocupa se remonta a la expedición de un nuevo título de propiedad porque el original se había extraviado. Esto sucedía en 1869 y lo solicitaba Doña Carmen Araiza de Araiza, quien declaró saber la fecha del documento extraviado: agosto de 1837.
La superficie del predio era de 832 varas cuadradas y tenía frente a la calle de la Carrera un letrero que decía: Plazuela de Jesús.
En los años posteriores, varias veces el solar fue fraccionado y vendido a diversas personas, entre las que se nombran a las siguientes: María de Jesús Fontes, Leonor F. de Caturegli y Don David Escobosa.
En mayo de 1903, el Dr. Alfredo Caturegli de 30 años, compra a Ma. Jesús Fontes, de 78 años, la casa de la calle de Tampico, número 12, mismo que para Mayo de 1911 protocoliza la escritura con el fin de hipotecar la finca a favor del Banco Hipotecario y Agrícola del Pacífico, S.A. de quien era gerente Don Carlos Rohde, apareciendo un ligero cambio en la dirección, pues se manifiesta como Tampico No. 11.
Ese mismo año, 1911, pero el 4 de noviembre, el Dr. Caturegli compra a María Escobosa de Escalante, el predio de Tampico Número 13; y a la vez el 7 de noviembre inmediato, hipoteca al Banco Hipotecario y Agrícola del Pacífico, S.A.
Todavía hay un testimonio de hipoteca en julio de 1912 de predio número 13 de las calles de Tampico, y después, un largo lapso de silencio hasta el año de 1926. Aquí es donde aparece un detalle que siempre ha intrigado a los actuales hermosillenses, el que la casa actualmente señalada con el número 132, ostenta en la clave del arco de su entrada principal, una cartela con el número "11 1/2", además de la número 11 de las calles de Tampico.
El registro está en una escritura de poder otorgado en la Notaría No. 48 de la ciudad de México, otorgado por la Sra. Guadalupe Bringas de Caturegli a favor del Sr. Joaquín M. Luken, con el fin de que a su nombre y representación, "escriture de venta, cesión o traspaso, para pagar la hipoteca de ambas fincas, y así finiquitar las cuentas entre el Banco y el que habla". Las direcciones son: "Casas números 11 y 11 1 /2 de la calle de Tampico".
El primer testimonio de Dación en pago al Banco Hipotecario y Agrícola del Pacífico, S.A. representado por el Sr. Antonio Villaseñor en Hermosillo, se firmó el 28 de junio de 1926, liquidando una deuda de $18,000.00 por las fincas de la calle de Tampico No. 11 y 13, pero... expongamos algunas consideraciones.
El edificio que nos ocupa y su vecino marcado con el número 134, ostentan una arquitectura formal de reminiscencias clasicistas, influenciada por la moda imperante en Europa a principios del siglo actual; y teniendo en cuenta los estilos que se desarrollaron en México durante los últimos años del porfirismo y su continuación durante los años de la Revolución hasta desaparecer en los años veintes, podemos deducir que ambas construcciones fueron edificadas en la misma época, cuando la primera era propiedad del Dr. Alfredo Caturegli (adquirida en 1903, la de Tampico Núm. 12, después Núm. 11 y hoy Obregón 134), y la segunda pertenecía a la familia Escobosa, la cual tenía el núm. 13 de Tampico.
En 1911 el Dr. Caturegli compra a la Sra. María Escobosa de Escalante la finca para hipotecarla el mismo año al Banco arriba nombrado; apareciendo todavía en un testimonio de hipoteca de 1912 con el núm. 13. Y sólo hasta 1926 los diferencian como "casas núm. 11 y 11 1 /2 de la calle de Tampico".
Esto hace pensar que la casa que nos ocupa, fue construida inmediatamente después de 1912 o cuando menos su fachada.
Antes de 1912 no, porque el documento en el que señala el número 13, es de julio de ese año, cuando ya era propiedad del Dr. Caturegli.
Teniendo en cuenta la situación del país a partir de 1913 con la caída de Madero y la consecuente lucha armada a partir del Plan de Guadalupe de Dn. Venustiano Carranza, no hubiera sido posible construir la casa en ese estilo después de 1913 ó 1914, y de haber sucedido así, el estilo arquitectónico hubiera sido extemporáneo, lo cual no es probable dado los gustos humanos por los cambios y las "modas".
El testimonio de la escritura Poder de 1926 nos da la clave, al otorgar Guadalupe Bringas de Caturegli, y recibir el Sr. Luken. Incidentalmente se puede deducir la incapacidad o ausencia del Dr. Caturegli para esas fechas, ya que en el siguiente testimonio, vemos aparecer al Banco como propietario, volviendo a numerar las casas con el 11 y 13 de la calle Tampico.
Siguiendo con la historia documental, en 1927 adquiere la finca el Gobierno del Estado, cuando era su mandatario el Gral. Fáusto Topete, quien a su vez en 1929 lo vende a Dn. Saturnino Campoy. Pero solamente la planta alta, en lo que podríamos catalogar como un antecedente de los ahora tan conocidos "condominios" pues se estipula en el testimonio correspondiente que consta de: "Un salón y dos piezas techadas, encontrándose en mal estado el techo de dicho salón, sus puertas y ventanas", otorgándose en la venta... "lo que constituye el techo de la planta baja, que será de la exclusiva propiedad del comprador".
Como se puede ver, no estamos descubriendo el hilo negro en lo que respecta a "condominios", aunque resultaría interesante saber qué hubiera sucedido si al propietario de la planta alta, se le hubiera ocurrido trasladar su propiedad a otro lugar frotando la lámpara de Aladino.
Para 1932 en el inventario del Estado (seguramente de bienes inmuebles), se apunta que la planta baja la ocupa una biblioteca y los juzgados de Hermosillo, tanto de las casas número 11 como 13.
Y en 1942 la calle ya se llamaba: Alvaro Obregón. La razón del documento: una compra de terreno para ampliar la superficie del predio núm. 14.
En 1957 la "Logia Masónica de Hermosillo No. 19, A.C." adquiere "El segundo piso o planta alta de la casa No. 13 de Obregón" al Sr. Campoy, fungiendo como apoderado de la adquiriente al Gral. de División Juan José Gastélum Salcido; propiedad que es permutada por un tercero en el Fraccionamiento Constitución el año de 1967, cuando era Gobernador el Lic. Luis Encinas Johnson y Presidente de la Logia el Sr. Víctor Zamorano Esquer.
Hasta aquí los datos de expediente, de los que se deduce que el actual propietario es el Gobierno del Estado, ya que en 1971, un particular solicitó la adquisición del local, sin que se registrara respuesta.
Pero nos hemos adentrado en la historia documental y hemos hablado poco de sus características arquitectónicas, que por su relevancia, han permitido que llegue hasta nuestros días.
Lo primero que nos llama la atención es su planta alta rematada con un frontón triangular de colindancia a colindancia. Luego el tratamiento de su fachada a base de sillares rugosos simulados en pilastras y entrecalles, sus cornisas y decoración afrancesada, así como su armoniosa simetría, partiendo de un eje central, en que la puerta principal se cierra con un arco de medio punto en archivolta de dos remetimientos. En la clave aparece el famoso "11 1/2", y se prolonga el eje hasta el vértice del frontón.
Es de importancia hacer notar que la fachada se prolonga en su tratamiento por el costado oriente que da a un estrecho pozo de luz, antes de colindar con el edificio Sonora, el cual tapa su vista lucimiento.
También es notable la hermandad, o para ser más justos la procedencia estilístico-arquitectónica de su vecina al poniente, la antes núm. 11 y ahora 134 de Obregón en la que en su única planta tiene decoración similar en materiales y estilo de la misma época, haciendo más palpable su relación y continuidad en la prolongación de una misma cornisa, como si cuello se quisiera patentizar que ambas construcciones pertenecían a un mismo dueño, lo que de hecho fue así.
Otra vez debemos reconocer la capacidad académica del constructor, del cual ignoramos su nombre, lo que nos lleva sugerir se les conozca como "Casas Caturegli" en recuerdo del propietario que la costeó y mandó erigir.
Ambas están catalogadas con las fichas 06 y 07 del Catálogo de Bienes Inmuebles, Dirección de Monumentos Históricos del I.N.A.H., correspondientes a la ciudad de Hermosillo.
ULTIMA PARTE DE LA TRADUCCION DE LA BULLA INMENSA DIVINAE PIETATIS
Por: Oscar Armando Palacios Saguchi
NOTA: En los números 25, 26 y 27 se publicaron "La Erección de la Diócesis de Sonora ", "Traducción del Texto Latino de la Bulla del Papa Pío de la Erección del Obispado de Sonora en las Indias " y Arizpe ¿Ciudad Episcopal?", respectivamente como primera, segunda y tercera parte del estudio sobre la Bulla Divinae Pietatis. En este número terminamos la publicación de esta interesante traducción.
Para que las presentes letras siempre sean válidas y eficaces y hayan de suscitar y obtener sus efectos plenarios e íntegros, deberá ser observada firme inviolablemente la forma, por todas y cada una de las personas a las que ahora respecta y respectará oportunamente de cualquier modo y en algún tiempo, bajo cualquier causa, aunque sea jurídica o legítima, piadosa y privilegiada y por aquello por lo que las mismas presentes no sean las causas aducidas, verificadas y justificadas de subrecepción, nulidad, de invalidez por vicio, de nuestra intención, o por algún otro defecto que requiera mención especial, individual, expresa, o por algún otro decreto sustancial grande, impensado, impensable, o también por aquello que está asentado en las partes anteriores, y si no fuera efectuadas en modo alguno las solemnidades, si no fueren observadas y cumplidas las cosas que deben observarse y cumplirse, o por alguna resultante de cualquier otro capítulo de derecho, de hecho, de mandato o costumbre, o también por cualquier otra causa, aunque justa, razonable, jurídica, piadosa, privilegiada, aún por tal circunstancia que debiera ser explicada necesariamente para el efecto de validez de los puntos arriba mencionados, o que sea de nuestra voluntad y no apareciese en ningún lado, o que de otro modo pudiera probarse, notarse, rechazarse, invalidarse, retractarse, ser convocado a justicia, o acudirse al remedio de la justicia o de la gracia contra ellas; pueda intentarse el remedio de la restitución en íntegro, el remedio de tener voz, o el remedio de reducción al camino o terrenos del derecho, o usarse también, por concesión, impetración, emanción, hecha por su actividad, ciencia y plenitud de potestad con los iguales y pueda ayudarse dentro y fuera de justicia, y las presentes reglas sometidas a cualesquiera revocación de gracias semejantes o desemejantes, sometidas a suspenciones, limitaciones, modificaciones, derogaciones y cualesquiera otras disposiciones contrarias, decretadas por cualesquiera letras y constituciones apostólica, o por medio de las cédulas reales de la Conciliación Apostólica, cuando quiera que fuesen editadas, aún en los días futuros de nuestro pontificado, o para el ejercicio del sumo apostolado de nuestro sucesores, los romanos pontífices, aún por su actividad, ciencia y plenitud de potestad con los iguales, aún en forma consitorial por cualesquiera causas y bajo cualesquiera expresión de palabras, bajo cualesquier tenores y formas y con los decretos y cláusulas que deseen, aunque en ellos se haga mención especial de las mismas letras presentes y en todo el tenor de ellas; y también comprendidas en las que han de ser publicadas después, pero siempre se exceptúan de ellas, o cuantas veces las publiquen, tantas serán y habrán de ser renovadas plenamente, respuestas y vueltas a poner en su primero y validísimo estado.
Así y no de otro modo, por medio de cualquier juez ordinario o delegado que ejerza cualquier autoridad, así como también auditores de causas del Palacio Apostólico y por medio de los Cardenales de la misma Santa Romana Iglesia, aún los legados "ad-látere" o vice-legados, o por medio de los predichos nuncios de la mencionada Sede y otros cualesquiera que ejerzan cierta autoridad, potestad, prerrogativa y privilegio o luzcan por su honor y preeminencia, es concedido a todos y cada uno de ellos cualquier facultad de juzgar en cualquier juicio y en cualquier instancia, y el deber de declarar nulo, también y vano si sobre estas cosas sucediera que alguna autoridad atentara consciente o ignorantemente.
Y por último, para que todas las cosas previas, dispuestas de modo tal por Nos, como está asentado, de acuerdo con los piadosos deseos del Rey Carlos de próspero y feliz gobierno, pueden surtir sus efectos, en relación con este negocio, por las presentes letras confiamos a una persona constituida en dignidad episcopal que debe ser nombrada por el mismo Rey Carlos, por su actividad, ciencia y plenitud de potestad con los iguales, o cualquier otra persona eclesiástica que deba ser puesta en su lugar, grata y acepta, sin embargo, al mismo Rey Carlos, diputado en su lugar un ministro local, por el mismo Rey Carlos, para corregir el efecto abajo designado, o bien a cualquier otro seglar o a una persona idónea que ha de sustituirle, y con la misma autoridad Apostólica mandamos que en verdad confíe a la misma persona constituida en dignidad episcopal, y que debe ser designada por el mismo Rey Carlos, o a cualquier otra persona eclesiástica que deba ser puesta en su lugar, grata y acepta al mismo Rey Carlos, confíe las presentes letras para su debida ejecución y haga observarlas a todas y cada una de las personas a las que corresponda y pertenezca, y conceda y participe para siempre, con la autoridad apostólica, la delegación de los réditos predichos de aquella diócesis, de la Sacristía, de la fábrica de aquellas cosas, de los bienes presentes y futuros, tanto temporales como espirituales, para el régimen, gobierno y dirección de dignidad de los canónigos capellanes y otros ministros oficiales, a los futuros canónigos y capítulos durante el tiempo de su existencia; que les conceda y participe la celebración de las mismas, horas canónicas diurnas y nocturnas y de otros oficios divinos, funerales y aniversarios de los trabajos, con ocasión del tiempo de ejercicio de los que realizaron, con ocasión de la recepción de los que han de proveer de otros oficios y beneficios que hayan de ser erigidos y establecidos de este modo y con ocasión de los que han de cuidar de la recepción y de la administración personal, residencia de las distribuciones, aun de las cotidianas y si las hubiere, en una posterior repartición, o en la división de penas que incurran por los ausentes a los divinos oficios y a los que no estén presentes en las funciones en su lugar y tiempo, o sean negligentes en cumplir los ministerios y cargos que les incumben respectivamente con la imposición de cada uno de los cargos a los presentes y ausentes manifiestos a las ceremonias y funciones que se celebren en dicha Iglesia Catedral de Sonora así erigida y establecida; en el coro, cabildo capítulo, procesiones y otros actos que han de observarse y también a los ministros que han de señalarse para la misma Iglesia Catedral de Sonora, establecida e instituida como consta; les concede la facultad de remover los salarios, estipendios de aquellos, que serán asignados a cualquier cargo, con la mencionada Autoridad Apostólica, el mismo designado para ejecutar los presentes, concede y participe la facultad, potestad y autoridad para que puedan y sean capaces de establecer y publicar cualesquiera estatutos, ordenaciones, capítulos y decretos lícitos y honestos referentes a las condiciones anotadas y a cualesquiera otras cosas en cierta forma necesarias y oportunas, que no se opongan a los decretos del Concilio Tridentino, ni por otra parte a los trámites de los decretos de dicha Iglesia Mexicana. Dicho ministro Real será designado, o cualquier otra persona seglar idónea que se designe en su lugar, para definir, señalar y determinar los límites y fronteras de la nueva Diócesis de Sonora, según lo establecido, y esfuércense en quitar y dirimir rectamente, con la autoridad que les fue concedida por Nos, por medio de las presentes letras, tanto él mismo como la susodicha persona eclesiástica, cualquier obstáculo o impedimento que hayan de originarse en modo alguno, por parte de cualquier persona en relación con establecido, y dictamínese, por aquellos, definitivamente y removida la apelación, al requerir cada uno de ellos el cargo para sí; debe procederse de tal modo, sin embargo, que uno no tenga discrepancias con el otro, sino que uno y otro ejecuten el oficio de ellos según lo que les ha sido impuesto en todas las líneas arriba mencionadas.
No impiden que se efectúe esto nuestras reglas ni las de la mencionada Cancillería Apostólica, que no anulan las del derecho y las que refieren a las aplicaciones para confiar las partes, expresan ellas el verdadero valor de los beneficios: eclesiásticos, y las del Concilio de Letrán recientemente celebrado, que prohiben que se hagan uniones perpetuas, salvo los casos permitidos por el derecho, y que prohiben que los miembros se dividan y se distingan de sus iglesias, y también otras reglas en concilios sinodales, generales y universales, y también las que hayan de ser decretadas por constituciones especiales o generales, y por ordenaciones apostólicas, privilegios, indultos y letras apostólicas ya concedidos o por conceder a cualquier superior y a las personas por su actividad, ciencia, plenitud de potestad con los iguales, bajo cualesquier tenor, formas y con cualesquier otro documento, aún con derogatorias de derogatorias y con otras cláusulas más eficaces, eficacísimas e insólitas, aún las irritantes, y por otros decretos en general o en especial.
Con todos y cada uno de los mismos, y con cualquiera de los demás contrarios, derogamos de este modo los tenores mencionados, aún que para una suficiente derogación de todos sus tenores, debe hacerse mención especial, expresa, individual, de palabra a palabra, pero no debe hacerse por medio de cláusulas generales, aunque sean igualmente importantes, sino que deberá observarse para esto alguna otra forma también escogida. Y si de una palabra a otra, sin emitir absolutamente nada es observada en ellos la forma establecida y estuvieren también incluidos en las mismas presentes letras para los plena y suficientemente expresados, que tienen incluidos a aquellos otros que han de permanecer en su vigor entera y plenamente para el válido efecto de las premisas, especial, expresa, oportuna y válidamente sólo por esta vez, con las cuales derogamos la serie de estas y las demás contrarias.
Queremos, pues, que el fruto de la misma Iglesia episcopal de Sonora, erigida, como es manifiesto, sea estimada en treinta y tres florines y un tercio, de oro, y de este modo la taza deba ser descrita en los libros de la Cámara Apostólica. Queremos que a las copias de las presentes, aún a los impresos con tipos pero suscritas con la mano y firma de algún notario público y estampado con el sello de una persona constituida en dignidad eclesiástica, se les otorgue absoluta confianza, en juicio o fuera de él, misma que se les otorgaría a los mismos originales presentes si fueran exhibidos o mostrados. A ninguno, pues, de los hombres es lícito en absoluto corromper esta obra de desmembración, separación, supresión, extensión, erección, institución, disyunción, exención, asignación, suposición, sujeción, aplicación, apropiación, de indulto, reservación, decreto, comisión, mandato, facultad, impartición, derogación y de nuestra voluntad, ni tampoco es lícito oponerse a él con temeraria osadía; si alguno, pues, atentare contra esto, atraería para sí la indignación de Dios Omnipotente y conocería que él se habrá de precipitar en la indignación de los Bienaventurados Apóstoles Pedro y Pablo.
Dado en Roma, junto a San Pedro, a las 9 días del mes de mayo del año de la Encarnación del Señor de 1779, quinto de nuestro pontificado.
EL PROBLEMA DE LA HARINA Y LAS RELACIONES COMERCIALES ENTRE SONORA Y SONALOA EN 1881
Por: Juan José Gracida Romo
Al finalizar la década de los setentas de siglo pasado, México se encontraba en el umbral de las transformaciones socio económicas que lo llevarían a la consolidación del sistema capitalista en el país; a nivel general, el capitalismo monopolista .Se consolidaba y expandía a través de la exportación de capital y de la formación de un mercado mundial. México, como algunos otros países de Latinoamérica, estaba redefiniendo las condiciones concretas en que se iría integrando a ese mercado mundial, y a su vez, en su interior existía u proceso de definición e integración de lo que sería el mercado interno y los mercados regionales.
Después del triunfo del movimiento al mando del Plan de Tuxtepec, dirigido por el general Porfirio Díaz, el nuevo gobierno se abocó a consolidar el poder que se encontraba en sus manos. "Tuvieron, pues, que hacer un duro aprendizaje, que los obligo alternativamente a avanzar y retroceder, implementar primero una medida para reemplazar después con la contraria. La nueva política no podía ser otra que la de ir consolidando el poder, en donde se fueran gestando y depurando las nuevas élites gobernantes. A niveles estatales y regionales, esta primera etapa del porfiriato se caracteriza por el use y control de los caudillos regionales"... (1), "con el riesgo de que el elegido le saliera torpe, impopular e incluso de fidelidad dudosa..." (2). En Sinaloa, desde el año de 1876, el grupo tuxtepecano dirigido por Francisco Cañedo se había levantado en armas para derrocar al gobernador Jesús María Gaxiola. "Al darse la lucha, el entonces comandante militar del estado, Francisco Otálora Arce, declaró el estado de sitio y asumió el gobierno; pero el jefe de la guarnición de Culiacán, coronel Jesús Ramírez Terrón salió a batirlo a Cosalá y entregó el poder a Cañedo" (3). Este, con el control del estado en sus manos, llamó a elecciones, las cuales ganó, permaneciendo en el poder hasta el día de su muerte en junio de 1909, considerando que le prestó la gobernatura al Ing. Mariano Martínez de Castro en los cuatrienios de 1880-1884 y 1888-1892.
En Sonora, el grupo encabezado por el entonces coronel Luis E. Torres luchaba contra el gobernador, General Vicente Mariscal, por la paternidad del movimiento, lo cual se logró al desterrar a éste en marzo de 1879. Posteriormente Torres llamó a elecciones, resultando electo él y el general José T. Otero para gobernador y vicegobernador respectivamente, quedando como secretario de gobierno el joven diputado local por Alamos, Ramón Corral que posteriormente (mes de junio de 1880) sería nombrado diputado federal por el distrito de Hermosillo para el bienio 1880-1882. (4).
II
Las relaciones entre Sinaloa y Sonora tienen cierta unidad y determinadas características que la geografía y la historia han permitido mantener (5), y que se fundamentan en el origen común de los dos estados. Relaciones que fueron fortalecidas por el sistema colonial español, en especial, por el sistema misional, que permitió construir una unidad desde el punto de vista socioeconómico integrando un conjunto homogéneo (6), mismo que fue roto por las Reformas borbónicas y dividido jurisdiccionalmente (al separar el Estado de Occidente el año de 1831) para dar paso a los estados libres y soberanos de Sinaloa y Sonora. A pesar de eso, fuertes lazos se mantuvieron a lo largo del siglo XIX entre ambos estados. (7).
En el siglo decimonónico en donde las comunicaciones eran malas a inseguras, (donde las recuas de mulas eran el principal medio de transporte para el comercio terrestre), el hecho de poner en funcionamiento los puertos de la Costa del Pacífico, vino a transformar el comercio de la región, principalmente a través de dos puertos de altura: el de Mazatlán en 1820 que es de primera clase y el de Guaymas en 1824 de segunda. En ellos se albergaron las ciudades y fortunas más importantes de su época, (8) en donde la clase comerciante, una "burguesía" en ciernes, tenía pocos rivales. Mazatlán y Guaymas gozaron del desarrollo y prosperidad debido a su importancia comercial obtenida a partir de su creciente comercio desde la década de 1860 con el Puerto de San Francisco, California, a través del servicio de vapores que dicho puerto daba a lo largo de las costas del Pacífico del continente americano. Uno de los más importantes fue el vapor norteamericano "Panamá" que comenzó a servir en la ruta San Francisco-Guaymas-Mazatlán. En su primer año de operaciones (1861), el "Panamá" hizo siete viajes y transportó 7,375 toneladas de mercancía de las 10,604 que venían de los Estados Unidos. (9).
Sinaloa contaba para el año 1877 con 189,348 habitantes, y tenía alrededor de 17,000 en el puerto de Mazatlán, que fue el centro urbano sinaloense de mayor importancia de la segunda mitad del siglo XIX y parte del XX: "la ciudad más poblada, el centro económico más activo, la plaza militar más importante y el foco del poder político, rivalizando con Culiacán", (11). Como centro de comercio exterior ocupó el segundo lugar en toda la República después del puerto de Veracruz. En Mazatlán la actividad comercial fue monopolizada por casas comisionistas extranjeras, principalmente de españoles y alemanes, en asociación con algunos comerciantes mexicanos, destacándose entre las casas comerciales las de "Pedro Echeguren y Cia", "Hernández Medina", "Heyman y Cia.", "Wholer Barthing", y "Gazca y Cia", entre otras. (12).
Sonora que para el año de 1878 contaba con 110,887 (13), tenía en Guaymas el puerto más importante del septentrión mexicano del siglo XIX, ya que era la principal puerta para las mercancías y hombres en toda la región, (dado los problemas de las comunicaciones terrestres existentes). A lo largo del siglo fueron inmigrando al puerto europeos, norteamericanos y sudamericanos que llegarían a convertirse en prósperos comerciantes, siendo algunos de ellos comisionistas de compañías extranjeras. De estos podríamos mencionar a Camou, Robinson, Moller, Spence, Iberri y Forcade. También algunos comerciantes del interior del estado como Manuel Iñigo, cambiaron su lugar de residencia al puerto. (14).
Para la década de los setentas, Guaymas albergaba una ciudad próspera de alrededor de 400 habitantes que a pesar de la pérdida de la Mesilla seguía siendo la puerta obligada para las mercancías y hombres del Estado de Sonora y el sur del Territorio de Arizona, situación que mantendría hasta la entrada del ferrocarril. Desde el puerto se distribuían las mercancías de importación y recibían en recuas de mulas y carretones los dos principales productos de exportación de la región, los metales preciosos y la harina de trigo.
A finales de la década de los setentas en el puerto se asentaban las más importantes fortunas del estado de una naciente burguesía comercial, destacándose entre ellos los hermanos Aguayo, de la casa comercial "Aguayo Hermanos", que tenían la más grande fortuna junto al importador Francisco Aguilar, el segundo magnate de la ciudad y Luis Martínez, quien para algunos fue el primero de los más genuinos capitalistas sonorenses, que de su casa comercial fundó un consorcio financiero e industrial.
III
Al iniciar la década de los ochenta, del siglo XIX, el país entero se encontraba pendiente de las elecciones que se realizarían el año de 1880 para encontrar el sucesor de Porfirio Díaz y de los diputados y senadores al Congreso de la Unión. Porfirio Díaz y Manuel González movieron todos los mecanismos que les permitieran llevar a ese último a la presidencia y colocar en el congreso partidarios de ambos. Para tal motivo utilizaban como mediador, con los gobernadores de los estados de Sinaloa y Sonora, al general José Guillermo Carbó, jefe militar del ejército federal que hizo "las recomendaciones" necesarias en la elección de candidatos. Ese mismo año se realizaron elecciones para gobernador en el Estado de Sinaloa quedando como tal el Ing. Mariano Martínez de Castro, mientras Francisco Cañedo había sido elegido senador propietario por el Estado de Sonora. (16).
Una vez realizadas las elecciones, se instauró el Congreso de la Unión y tomó posesión de la presidencia el general Manuel González para el cuatrienio del 1 de diciembre de 1880 al 30 de noviembre de 1884.
El día 27 de mayo de 1881 la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados presentó para su dictamen un proyecto de libre introducción de trigo extranjero para el territorio de Baja California y el Estado de Sinaloa, según una petición hecha por el general José María Rangel, jefe político de Baja California, que fue acogida a impulsada por la diputación sinaloense encabezada por Justo Sierra y apoyada por los comerciantes de Mazatlán. El proyecto de ley presentado es el que sigue:
Art. 1o. Se exceptúan del pago de derechos por el trigo que se importa del extranjero, al Estado de Sinaloa y al Territorio de la Baja California.
Art. 2o. En este último se exime de derechos de portazgo y municipalidades al trigo de producción nacional que se introduzca en dicho Territorio.
Art. 3o. El trigo y la harina que se extraiga así del Estado de Sinaloa como el Territorio de la Baja California, pagarán a sin extracción los derechos impuestos respectivamente en el arancel de 8 de noviembre de 1880 al trigo y a la harina que se importen del extranjero.
Art. 4o. Los efectos de este decreto cesarán si a los diez meses de publicado no se ha establecido molino alguno de trigo en el Estado citado y en el Territorio referido, volviendo a pagar entonces el trigo que en dichas localidades se introduzca, los derechos que tenga impuesto. (17).
Ese mismo día 27 de mayo después de la lectura del dictamen por Comisión de Hacienda de la Cámara se abrió la sección de los debates. El primero en tener la palabra para la defensa del dictamen fue el diputado por el Estado de Sinaloa, Justo Sierra. En su intervención argumentó que:
"En el estado de Sinaloa por sus condiciones climatológicas, y en el territorio de la Baja California, no se da trigo. El trigo que viene de Sinaloa, generalmente es importado de los Estados Unidos o del vecino Estado de Sonora".
"El trigo que viene del extranjero, tiene un derecho exclusivo; por consiguiente, se vende caro en los mercados de Sinaloa y de la Baja California".
"El trigo que viene de Sonora no paga ningún derecho, está para competir con el trigo extranjero en condiciones excesivamente ventajosas. La producción del Estado de Sonora, que algunas veces puede bastar para el consumo de ese Estado y aun alguna parte del Estado de Sinaloa y del territorio de la Baja California, no siempre se encuentra en buenas condiciones".
"Basta la pérdida de una cosecha para que trigo de Sonora no sólo no se de a bato para el consumo de Sinaloa y de la Baja California, sino que ni aún para el mismo Estado en que se produce es algunas veces suficiente".
"La Cámara comprenderá con facilidad en qué condiciones quedan el Estado de Sinaloa y el Territorio de la Baja California, cuando esta producción es escasa. Entonces se producen verdaderos desastres. Alguna vez, como hace cuatro años, ha tenido lugar en el Estado de Sinaloa una miseria, una especie de hambre a la que no podía haber otro remedio que hacer entrar el trigo de los Estados Unidos en condiciones que pudiera presentarse en Sinaloa a precio bajo, estando al alcance de las clases necesitadas". (18).
Al finalizar su discurso solicitó la dispensa de trámites, basado en la supuesta gran escasez de trigo que tenía que ver con la supuesta falta de harina de trigo que existía en Sinaloa y Baja California, escasez, decían los sinaloenses, que pesaba sobre el pueblo pobre, y las clases más desvalidas de la sociedad, razón por la cual merecía la más paternal protección del poder público. (19) Como se aprecia en el dictamen, el problema de la libre importación de trigo era también el de la harina de trigo, principal producto de exportación de Sonora y que daba ocupación a una gran cantidad de trabajadores. Esto lo tenían en cuenta los diputados que encabezaban a los parlamentarios sonorenses, Ramón Corral y el Lic. Carlos R. Ortiz. Por lo cual, ambos hicieron la defensa de los intereses de su Estado, argumentando en contra del dictamen dentro de la Cámara y fuera de ésta, en los periódicos.
Al Lic. Carlos R. Ortiz le correspondió objetar en un duro y nada cortés discurso, en la Cámara, una vez finalizada la intervención de Justo Sierra, el dictamen y la defensa de la diputación sinaloense, diciendo las siguientes palabras:
"Ciudadanos Diputados: con gran pena tomo la palabra en este asunto, por encontrarme frente a frente de los representantes del Estado de Sinaloa".
"Por la lectura del dictamen y por las explicaciones que acaba de dar el Sr. Sierra, he podido ver que tanto el Ejecutivo como la Comisión han sido sorprendidos, no precisamente por los representantes del Estado de Sinaloa, sino por algunos extranjeros especuladores del puerto de Mazatlán, que han querido ver en la industria de la elaboración de la harina de trigo una especulación muy lucrativa, aunque con perjuicio del Estado de Sonora".
"No me llama la atención que el honorable representante del Estado de Sinaloa, Sr. Sierra, haya sido sorprendido, porque no conoce aquella localidad, no conoce la situación especial del Estado de Sinaloa, con respecto al Estado de Sonora, en cuanto al consumo de los trigos. Yo me creo en el deber de hacer presente esto a la Cámara para que no se precipite la resolución de un negocio que es grave, que va a importar la ruina completa de la naciente agricultura del Estado de Sonora: un negocio que vendrá a traer por consecuencia que una gran parte del país venga a convertirse en tributario de los Estados Unidos respecto de alimentos".
"Se ha hecho valer que la falta de producción de trigo en el Estado de Sinaloa en el Territorio de la Baja California es: motivo de que haya allí gran carestía, de que haya hambre. Me permito hacer observar a la Cámara que tanto el Pode Legislativo de aquel Estado como las autoridades municipales, han creído encontrar en la introducción de la harina en Sonora un artículo que puede dar grandes renta: tanto a las áreas del Estado, como a los municipios. Si realmente hubiera esa carestía es incuestionable, que ni la legislatura de Sinaloa, ni el ayuntamiento de Mazatlán, ni las demás poblaciones cobrarían derechos fuertes a los trigos de Sonora Luego si las harinas de Sonora reportan el gravamen tan fuerte que tiene establecido< el Estado y el que tiene impuesto el municipio, es claro que no es tanta la carestía"
"Señores diputados, la cuestión presente es sumamente grave y no debe precipitarse. Parece que ha querido sorprender a la Cámara con este negocio presentándolo en el último momento para que no haya tiempo ni siquiera de que se vea bajo todos los puntos de vista, y sobre todo para que hagan presentes a la Cámara las consecuencias perjudiciales que va a traer para la agricultura de Sonora y para la agricultura que empieza ya a nacer en la parte Norte del Estado de Sinaloa". (20).
De lo anteriormente descrito se desprenden una serie de consideraciones que hay que mencionar. Aparte del problema suscitado por las críticas al sistema político que iba conformando el porfiriato (aunque fuera en la época Gonzalina), queda claro que lo que más preocupaba a los sonorenses era el problema de la harina y sus efectos sobre las relaciones comerciales con Sinaloa y en la agricultura, comercio e industria de Sonora, que los poderosos comerciantes de Mazatlán iban a realizar; posiblemente preocupados por la construcción del ferrocarril en el Puerto de Guaymas, que se había iniciado en 1880.
El otro diputado de Sonora, Ramón Corral, escribió una serie de artículos en el periódico oficial del gobierno de Sonora, "La Constitución". En ellos trata de demostrar lo incorrecto y perjudicial que sería para el Estado, que él representa, la aprobación del proyecto. Trata de demostrar que las argumentaciones presentadas para su aprobación carecen de sustentación. Demuestra que la pretendida escasez de harina no existe y se apoya en documentación como una carta de la casa "Tomás Hermanos" de Mazatlán en donde aseguran tener una fuerte existencia de harina al igual que otras casas comerciales del puerto, que el alto impuesto que se le cobra, $3.00 por carga, es injusto y que si se quiere beneficiar a las clases necesitadas se suprima, además de que éstas no consumen trigo y su correspondiente harina, sino maíz. Argumenta además que: "Sinaloa y Baja California, están muy lejos de ser el país infecundo que dice, y que su territorio se lleva a Sonora productos que valen mucho más que la harina que este Estado se consume en aquéllos.
Así se verá que esas entidades tienen elementos y producción suficientes no sólo para satisfacer su consumo interior, sino además para mantener con sus vecinos un comercio importante con relación a su categoría, no teniendo, por lo mismo, necesidad de una franquicia que acarrearía la ruina de un Estado hermano tan sólo para favorecer a un número reducido de especuladores extranjeros para quienes es perfectamente lícito explotar hasta nuestras miserias". (21).
¿Realmente hasta qué punto era una relación desigual la que tenía Sonora con sus vecinos y la importancia de esta relación para ambos? Hagamos las siguientes consideraciones. Durante el año de 1880-1881 el Estado de Sinaloa importó de Sonora $202,048.34 de mercancías y exportó al mismo $478,369.23. Esto es, un 135% más de lo exportado con respecto a lo importado, que le daba al Estado un saldo favorable de $272,320.89 en su comercio con Sonora. (22).
Esto representaba proporcionalmente, en relación al total exportado a importado por Sinaloa durante ese año, del 11.47% y el 10%; mientras que para Sonora sus transacciones comerciales con Sinaloa representaba el 42% de lo exportado y el 63% de sus importaciones totales. (23).
Lo cual refleja, a parte de una relación desigual, una dependencia bastante grande de Sonora en sus relaciones comerciales con Sinaloa.
Ahora bien, si vemos que de lo exportado de Sonora a Sinaloa, el 78% corresponde a la harina de trigo (24), es fácil preveer las nefastas consecuencias que para el Estado de Sonora tenía la libre importación de trigo. Además, el valor total de la producción y distribución del trigo para el Estado de Sonora representaba un capital anual de cerca de $7,000,000.00 que ninguna de las empresas establecidas hasta entonces aportaban al Estado y que sería superada únicamente por la inversión del ferrocarril de Sonora hasta el año de 1882, una vez terminado el tramo Guaymas-Nogales con $10,721,409.75 de costo total. (25).
Unicamente el distrito de Hermosillo, en donde se producían 142,000 tercios de trigo que representaban el 35% del total de producción del Estado, tenía empleado en haciendas y labores $1,500,000.00 y $100,000.00 invertidos en molinos, animales, artículos de transporte, máquinas y herramientas, que daban ocupación a 1800 trabajadores. (26).
Como se aprecia, a parte de la importancia en relación al comercio, internamente la producción de trigo y de la harina representan dos piezas fundamentales en la producción agrícola e industrial de la parte media y norte del Estado.
En el distrito de Alamos la relación con Sinaloa todavía es más dependiente y de particularidades muy importantes. El distrito de Alamos a través de la ciudad de Alamos exportaba a Sinaloa, durante el año de 1880-1881, $20,000.00 que representaba el 6% del total exportado, e importaba $332,037.00 que representaba el 44% del total importado por el Estado. Esto significa una total dependencia del mercado sinaloense, que tiene su historia (27). E! distrito de Alamos a pesar de su separación política en el año de 1831 mantuvo una unidad fecunda en relaciones económicas, políticas y sociales con el norte del Estado de Sinaloa a lo largo del siglo XIX; basta seguir las genealogías de algunas de las familias de ambas regiones como los Almada, Redo, Urrea, Corbalá, Valenzuela y otros muchos más para ver lo intenso de dichas relaciones. Esta unión probablemente se haya fortalecido, debido a que el distrito de Alamos permaneció aislado del resto del Estado de Sonora por la barrera que conformaron las comunidades de los ríos Yaqui y Mayo a lo largo del siglo XIX y en especial durante los últimos años de la década de los setentas y principios de los ochenta del siglo pasado, cuando José María Leyva "Cajeme" controlada ambos ríos. Esto permitió la conformación de una burguesía regional que comprendía el sur del Estado de Sonora, norte de Sinaloa y zona limítrofe del Estado de Chihuahua, como fue el centro minero de Chínipas, con el cual comerciaba la ciudad de Alamos.
La importancia del comercio de Sinaloa con el Estado de Sonora, radica en que lo proveía de bienes de consumo, para los centros mineros del distrito de Alamos y sierra de Chihuahua, con productos tales como manta, azúcar y sus derivados, jabón, aguardiente, maíz, carne, sombreros y manteca, que no eran producidos en el Estado de Sonora y que eran necesarios para su abastecimiento.
Afortunadamente para Sonora, en la sesión del día 30 de septiembre de 1881, la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, con la anuencia de ésta, retiró el proyecto de ley presentado en mayo y que la legislación sonorense y las protestas de los comerciantes y agricultores lograron parar; pero los comerciantes mazatlecos seguramente veían con preocupación la construcción del ferrocarril en el puerto de Guaymas y su posible desarrollo, presentando nuevamente un proyecto la diputación sinaloense años después, la cual volvió a fracasar. Sonora, al final de cuentas, logró desarrollar su agricultura y la industria harinera hasta convertirla, después de la minería Industrial, en una de sus principales actividades a lo largo del porfiriato, teniendo como principal empresario a Ramón Corral.
LOS FERROCARILES EN LA REVOLUCION MEXICANA
Por: epifanio Zamorano Ramos
Se ha dicho que la Revolución Mexicana fue hecha sobre los trenes, lo cual tiene mucho de cierto, aunque no totalmente, puesto que tal movimiento se extendió como reguero de pólvora desde las desérticas tierras de los Estados norteños hasta la frontera con Guatemala; de la Sierra Madre Occidental a la Oriental y de costa a costa por todo el territorio nacional. La realidad es que fueron los ferrocarriles un factor importantísimo en aquella vorágine y, paradójicamente fueron los que a la postre resultaron más dañados por la destrucción que de ellos hacían los bandos beligerantes cuando con ello favorecían sus respectivas causas: Tal acabamiento de vías, puentes y la voladura de trenes militares y aun de pasajeros se convirtió en una acción estratégica de aquellos grupos.
En los trenes se movilizaron grandes contingentes de tropas, pertrechos y los heridos de los frentes de combate con destino a los hospitales en la retaguardia. En ellos fueron establecidos Cuarteles Generales con sus puestos de mando, de comunicaciones y observación. Quien haya tenido en sus manos la obra Historia Gráfica de la Revolución Mexicana de Casasola, habrá observado cantidad de fotos en que aparecen trenes militares repletos de soldados y sus inseparables "Adelitas" (que abnegadamente seguían a sus Juanes llevando consigo sus enseres de cocina), así como ferrocarriles dinamitados, puentes volados y locomotoras, coches y furgones desbarrancados.
Al terminar la lucha armada se hizo un análisis de las pérdidas sufridas por los Ferrocarriles durante el período revolucionario de 1911 a 1917, de donde resultó que fueron destruidas cincuenta locomotoras, 38 coches de pasajeros, 3,873 furgones de carga incluyendo carros tanques, góndolas, plataformas y cabuses. Fueron dañados cientos de kilómetros de vías, dinamitados la mitad de los puentes existentes en 1911 y la mayoría de los rieles y traviesas que quedaban se encontraban en muy mal estado.
El Presidente de la República Don Venustiano Carranza, se preocupó durante su mandato porque fueran reconstruidos los Ferrocarriles, y para ese objeto creó el Depósito de Ferrocarriles Revolucionarios dependiente de la Secretaría de Guerra y Marina, que inició algunos trabajos: Pero aun el propio Presidente Carranza sufrió directamente los efectos de aquella norma revolucionaria que consistía en la destrucción de las vías del ferrocarril: cuando en el mes de Mayo de 1920, empujado por los seguidores del Plan de Agua Prieta, se vió forzado a abandonar con su Gobierno la ciudad de México utilizando para ello varios convoyes ferroviarios, a poco ya no pudo continuar el viaje cuyo destino era el Puerto de Veracruz porque los rebeldes habían cortado la vía en Algíbes, Puebla, lo que lo llevó a tomar la decisión de abandonar los trenes y marchar por tierra hacia el norte por la Sierra de Puebla hasta la humilde aldea de Tlaxcalaltongo, donde lo esperaba la muerte en la madrugada del 22 de Mayo, ocasionada por el traidor y asesino Rodolfo Herrero.
Los ferrocarriles fueron administrados por el Gobierno durante todo el período revolucionario y aun posteriormente, cuando la deuda externa de los mismos se elevó hasta las nubes por el desmedido cobro de intereses, hasta alcanzar en 1917 82.5 millones de pesos, cifra que para 1922 se elevó hasta los 242.5 millones. Mientras tanto el Comité de Banqueros representados por la Casa Morgan de New York, dirigida por Thomás W. Lamont, reclamaba la devolución de los Ferrocarriles a sus dueños americanos e ingleses se concertaron pláticas en las que intervino en representación de México el Ing. Alberto J. Pani, Secretario de Hacienda y Director de los Ferrocarriles Constitucionalistas, que culminaron con el Convenio de junio 16 de 1920, mediante el cual el Gobierno se comprometió a devolverlos "en un plazo razonable", acto que se llevó a cabo hasta el 1 de Enero de 1926, después de once años de administración gubernamental.
El Gobierno sólo alcanzó a liquidar 31 millones de pesos, antes de haberse desatado la guerra cristera, a cuyo término la deuda de los Ferrocarriles se había elevado a los 840 millones de pesos.
El último embate contra los Ferrocarriles lo llevaron a cabo los cristeros y la revolución Renovadora que encabezó el General José Gonzalo Escobar. Destruyeron los primeros muchos kilómetros vías en los Estados de Jalisco, Michoacan Colima y Guanajuato y los segundos Durango y Coahuila.
En cuanto al elemento humano, la mayoría de los ferrocarrileros fueron decididos revolucionarios y muchos de ellos cayeron combatiendo por su causa. Fueron ferrocarrileros los que ocultaron a Don Francisco I. Madero en un carro Express y condujeron a la frontera en su fuga de San Luis Potosí. Fué el humilde garrotero Margarito Ramírez, quién el día 13 de abril 1920 ocultó al General Alvaro Obregon disfrazado de Trenista en el carro Express N. de M. 9931 y condujo al gran perseguido hasta la ciudad de Iguala, donde fue recibido por el General Rómulo Figueroa quien lo abrazó diciéndole: "Mi General se ha salvado, está usted entre los suyos", y se puso a su ordenes.
1.- Gracida R.J. José "José Guillermo Carbó, General Porfirista". En Memoria de IX Simposio de Historia y Antropología de Sonora, p, 239.
Cosío Villegas, Daniel. Séptima llamada. Vida Política Interna en el Porfiriato en Historia Moderna de México, p. XIX.
2.- Cosío Villegas, Daniel. ob. cit. p. XIX.
3.- Nakayama, Antonio, "Sinaloa", en Enciclopedia México. p. 403.
4.- Villa, Eduardo W. Historia del Estado de Sonora, pag. 343.
Almada, Ignacio. Diccionario de Historia, Geografía y Biografía Sonorenses, p. 155.
5.- Depto. de Estadística Nacional, Sonora, Sinaloa y Nayarit, p, 497.
6.- Ortega, Sergio. El sistema de misiones jesuitas: 1591-1699. Historia General de Sonora, Tomo II. p. 45.
7.- Quijada, Armando. Aspectos generales de Sonora. Historia General de Sonora. Tomo III. p. 45.
8.- Buelna, Eustaquio. Compendio Histórico, geográfico y estadístico del Estado de Sinaloa, Culiacán. México, p. 68.
8bis.- Ruiz, Ramón Eduardo, Génesis de Ramón Corral (Sonora 1882-1893). En Temas Sonorenses, p. 189.
9.- Mora Torres, Gregorio. Los comerciantes de Guaymas y el desarrollo económico de Sonora. En Memoria VIII Simposio de Historia y Antropología de Sonora, p. 224.
10.- Estadísticas Sociales del Porfiriato, 1877-1910. México, S.E. 1956 p.7.
11.- Ortega, Sergio, Guía Histórica del Estado de Sinaloa, p. 63.
12.- Aragón Hernández, Tomás. Las inversiones extranjeras en Sinaloa durante el Porfiriato (1877-1911). p. 20.
Vega Ayala, José Enrique. ¡Ay mi Mazatlán! En 1er. Congreso de Historiadores Sinaloenses. p. 6.
13.- Almada, Francisco. Diccionario de Historia, Geografía y Biografía Sonorenses. p. 155.
14.- Mora Torres, Gregorio, Ob. cit. p. 214, 215.
15.- Ruiz, Ramón Eduardo, Ob. cit. p. 189.
Mora Torres, Gregorio. Ob. cit. p. 229.
16.- Gracida R., J. José Ob. cit. p. 238.
Ruibal Corella, Carlos R. Ortiz, El Federalista, p. 59.
17.- Corral, Ramón, La cuestión de la Harina, p. 11.
18.- Ruibal Corella, Juan Antonio. Ob. cit. p. 66, 67.
19.- Corral, Ramón, Ob. cit. p. 11.
20.- Ruibal Corella, J. Antonio, Ob. cit. p. 68-69.
21.- Corral, Ramón, Ob. cit. p. 31, 32.
22.- La estadística del Comercio fue tomada de Corral, Ramón, Ob. cit. págs. 35 36, 39.
23.- Para sacar la proporción se tomó como base la estadística de las exportaciones de Sinaloa para los años de 1880 .. 1881 que fue de $4,170,484.00 y para las importaciones los del año de 1888-89 de $2'150,808,00 (que se ve como promedio de la década de los 80 y 90). Aparecido en el libro Estadísticas Económicas del Porfiriato. Comercio exterior de México, 1877-1911. México Colegio de México, 1960 págs. 398, 502, 507.
24.- Calculado de la estadística de 18 meses de comercio para Sinaloa, del 3 de enero 1880 al 30 de junio de 1881, que fue $261,072.50 de los cuales de harina de trigo fue $204,960.00 tomado de Corral, Ramón Ob. cit. pág. 34.
25.- Gracida Romo, Juan José. Consolidación del Patronato en Sonora Historia General de Sonora, Tomo IV México Gobierno del Estado de Sonora, 1985 pág. 36.
26.- Ocurso de los comerciantes y agricultores de Hermosillo al Gobierno del Estado de Sonora del 22 de julio de 1881, tomado de Corral, Ramón Ob. cit. pág. 58.
27.- Tomado de Corral Ramón, Ob. cit. p. 40.
